Estudio de Factibilidad 2025
Basado en el Informe Técnico de Factibilidad territorial del Acuerdo Municipal No. 002 de 2023. Descubra las estrategias de desarrollo permitidas para 4.36 hectáreas: Finca-empresa, turismo de naturaleza y conservación.
La normativa permite la construcción de una vivienda de baja densidad para el propietario (sin fines de urbanización o loteo) integrada armónicamente con la dedicación mínima del 20% del predio (8,727 m²) para uso forestal protector-productor.
Diseñada en la zona de menor pendiente para evitar construcciones en taludes superiores a 45 grados y respetando la ronda hídrica de 30 metros. Esta vivienda se complementa mediante esquemas de restauración ecológica y sistemas de recolección de agua.
| Extensión superficiaria consolidada | 4 hectáreas y 3638.6 m² |
| Avalúo Catastral proyectado 2026 | $502.484.000 COP |
| Total Neto a Pagar 2026 (con dto.) | $2.111.680 COP |
| Cargas Registrales | Cero embargos, historial claro |
Bajo la normativa técnica vigente, este modelo se presenta como uno de los proyectos más viables y rentables para evitar el loteo, garantizando el flujo de caja sin transformar irreversiblemente el suelo rural.
Cualquier infraestructura turística debe acatarse la regla de no perturbar el relieve ni fraccionar el terreno. Requiere un Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas (STAR) independiente.
Ocupación máxima del suelo permitida para glamping turístico.
Densidad máxima permitida por el marco de ordenamiento territorial.
Cimentación en estibas o pilotes. Estructuras livianas y desmontables.
Altura max. 4.5m, y retiros de 15m de afluentes y 10m de linderos.
| Viabilidad de RNT (Registro Nacional Turístico) | Alta (Cumpliendo uso de suelo) |
| Rentabilidad sobre costo anual (Avalúo) | Estructura capta mercado de lujo |
| Integración legal | Cumplimiento Ley 1581 y NTSH |
| Potencial Retorno | Evita la Suburbanización |
* Proyecto con obligación de mitigación ambiental y control de vertimientos.
Perfecta sinergia entra la vocación tradicional del suelo (fruticultura no mecanizada) y su monetización mediante "rutas agroturísticas", aprovechando el auge del "Sol de la Eterna Juventud".
Debido a la restricción absoluta de la agricultura mecanizada en pendientes de 50-75%, el cultivo manual es mandatorio. La Finca puede capitalizar la marca territorial y transitar a recorridos agroturísticos inmersivos del mango y la caña panelera.
| Trámite CAR Cundinamarca | Concesión de aguas y esquema de siembra |
| Mitigación Olores/Ruido | Exigida para granjas porcinas/avícolas (90-95% DBO5) |
| Suministro Autónomo | Servicios autogestionados requeridos |
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